La bicicleta ley 45
trabajadores del sector público
recibirán un día libre por ir en bicicleta al centro de labores
Dictamen que modifica 'Ley que
promueve y regula el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible'
fue aprobado en primera votación, la próxima semana deberá ser nuevamente
evaluado.
El Congreso de la República aprobó el
pasado jueves un dictamen que modifica la 'Ley que promueve y regula el uso de
la bicicleta como medio de transporte sostenible'. El texto será votado
nuevamente la próxima semana.
El parlamento acordó catalogar de
interés nacional y necesidad pública la construcción de infraestructura vial
para la seguridad de los ciclistas.
El Congreso de la República aprobó el pasado
jueves un dictamen que modifica la 'Ley que promueve y regula el uso de la
bicicleta como medio de transporte sostenible'. El texto será votado nuevamente
la próxima semana.
El parlamento acordó catalogar de interés
nacional y necesidad pública la construcción de infraestructura vial para la
seguridad de los ciclistas.
Asimismo, la modificatoria precisa que los
ciclistas tendrán derecho a estacionamientos públicos gratuitos y que cada
municipio deberá tener ciclovías.
Entre otras modificaciones que se introdujeron al
texto, se hace mención a que los empleadores privados y públicos deben
incentivar a sus colaboradores el uso de la bicicleta como medio de transporte
y para ello deben dar facilidades
El dictamen precisa que "los servidores
públicos recibirán una jornada laboral libre remunerada por cada 45 veces que
certifiquen haber asistido al centro de labores en bicicleta ; para lo cual,
cada institución del sector público deberá formular e implementar las medidas
necesarias para su desarrollo y certificación, en concordancia con las
disposiciones emitidas por el Ministerio de Trabajo".
Otro punto que se debatirá será el que las
entidades públicas y privadas deberán adecuar sus estacionamientos para que
hasta el 5% de su área sea destinada para guardar las bicicletas. Para ello se
establece dar un plazo de tres años para realizar estas modificaciones.
De ser aprobado el dictamen, el Ministerio de Transportes
y Comunicaciones elaborará el reglamento de la presente ley en el plazo de 90
días calendario, contando desde la publicación de la ley.
