PROTOCOLO MONTRIAL
PROTOCOLO MONTREAL
El Protocolo De Montreal Relativo a Las Sustancias Que Agotan La Capa De Ozono. ... Su objetivo es aplicar límites a la producción y el consumo de los principales productos químicos que destruyen la capa de ozono que protege a la Tierra.
El Protocolo de
Montreal relativo a las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono del Convenio
de Viena ha sido ratificado por los 33 países de América Latina y el Caribe.
Desde su entrada en vigor en 1989 y en respuesta a los avances tecnológicos, el
Protocolo ha sido ajustado en seis ocasiones y modificado en cuatro. Tanto la
Convención como el Protocolo (incluidas cuatro enmiendas) cuentan con
participación universal. Su objetivo es aplicar límites a la producción y el
consumo de los principales productos químicos que destruyen la capa de ozono
que protege a la Tierra. El Protocolo contribuye también a los esfuerzos
mundiales contra el cambio climático, dado que la mayoría de las sustancias que
agotan el ozono eliminadas en el Protocolo son también potentes gases de efecto
invernadero.
Las Partes en el
presente Protocolo:
,Considerando que son Partes en el Convenio de Viena para la
Protección de la Capa de Ozono,
Conscientes de
que, en virtud del Convenio, tienen la obligación de tomar las medidas
adecuadas para
proteger la
salud humana y el medio ambiente contra los efectos nocivos que se derivan o
pueden derivarse
de actividades
humanas que modifican o pueden modificar la capa de ozono,
Reconociendo que
la emisión en todo el mundo de ciertas sustancias puede agotar
considerablemente y
modificar la
capa de ozono en una forma que podría tener repercusiones nocivas sobre la
salud y el medioambiente,
Conscientes de
los posibles efectos climáticos de las emisiones de esas sustancias,
Conscientes de
que las medidas que se adopten para proteger la capa de ozono a fin de evitar
su agotamiento
deberían basarse
en los conocimientos científicos pertinentes, teniendo en cuenta aspectos
técnicos yeconómicos,
Decididas a
proteger la capa de ozono adoptando medidas preventivas para controlar
equitativamente el
total de
emisiones mundiales de las sustancias que la agotan, con el objetivo final de
eliminarlas, sobre la
base de los
adelantos en los conocimientos científicos, teniendo en cuenta aspectos
técnicos y económicos y
teniendo
presentes las necesidades que en materia de desarrollo tienen los países en
desarrollo,
Reconociendo que
hay que tomar disposiciones especiales para satisfacer las necesidades de los
países en
desarrollo,
incluso la aportación de recursos financieros adicionales y el acceso a las tecnologías
pertinentes,
teniendo en
cuenta que la magnitud de los fondos necesarios es previsible y que cabe
esperar que los fondos
produzcan un
aumento sustancial de la capacidad del mundo para abordar el problema,
científicamente
comprobado, del
agotamiento del ozono y sus nocivos efectos,
en la
fabricación de otras sustancias químicas
. La cantidad
reciclada y reutilizada no se considera como "producción". 6. Por
"consumo" se entiende la producción más las importaciones menos las
exportaciones de sustancias controladas. 7. Por "niveles calculados"
de producción, importaciones, exportaciones y consumo se entiende los niveles
determinados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3. 8. Por
"racionalización industrial" se entiende la transferencia del total o
de una parte del nivel calculado de producción de una Parte a otra, con objeto
de lograr eficiencia económica o hacer frente a déficits previstos de la oferta
como consecuencia del cierre de fábricas.
Medidas para la
eliminación de los CFC-:
Según los Estados signatarios del acuerdo, el objetivo
del tratado es:
A estos fines
aceptaron reducir sus niveles de consumo y producción de clorofluorocarbonos
(CFC) según el nivel de desarrollo de sus economías. A los países en vías de
desarrollo, definidos según el artículo 5.1, se les aplicó un nivel básico y un
cronograma diferente al de los países desarrollados (conocidos también como
países que no están dentro del artículo 5, No-A5) Las siguientes tablas
presentan los calendarios de reducción para los dos grupos de países y las SAO
según se agrupan en los anexos del Protocolo.